Control de derechos de autor y privacidad de los ciudadanos
La defensa de la propiedad Intelectual esta encontrando resistencias difíciles de vencer cuando esta defensa se plantea ante los usuarios de las TIC en la sociedad de la información.
La mera protección patrimonial de la propiedad intelectual no encaja bien en una sociedad digital cuando esta protección se limita a normas similares a las ya existentes en una sociedad predominantemente analógica y solamente podrá avanzarse en proteger el derecho de autor si los ciudadanos interiorizan la necesidad de que los autores puedan controlar su obra, de la misma forma en que todo ciudadano tiene derecho a controlar los datos que le conciernen como persona.
Tampoco ha de olvidarse que para controlar el acceso de los usuarios a los contenidos se ha de vincular el consumo de estos contenidos a una persona concreta mediante el tratamiento de datos personales, lo que puede llevar a que se conozcan los gustos culturales, políticos o sociales, de cada individuo y no es de recibo que en el nombre de unos derechos económicos se pueda penetrar en la esfera íntima de cada persona.
Las iniciativas que se están llevando a cabo a nivel de la Unión Europea difícilmente pueden garantizar el equilibrio que requiere la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo o garantizar la protección de datos confidenciales desde el momento en que la monitorización de eventuales descargas que efectúan los ciudadanos supone un acopio de datos personales (los contenidos sujetos a derecho de autor, así como otros datos de conexión) que puede conllevar la fácil elaboración de perfiles de estos ciudadanos acerca de sus gustos, sus hábitos y preferencias, e incluso extrapolar opciones políticas, religiosas, etc.